A través del Decreto 830, la Alcaldía de Bello, estableció los horarios especiales en los que los establecimientos de comercio como restaurantes, bares y discotecas podrán funcionar durante la temporada navideña.
Este decreto, que empezó a regir desde el pasado 29 de noviembre y que se extenderá hasta el 9 de enero de 2023, busca aportar a la reactivación económica y la generación de empleo.
“Invitamos a los comerciantes a que acojan la normatividad dispuesta, para que promovamos la reactivación económica pero también la convivencia pacífica y armónica de todos los bellanitas”, señaló Yenia Rivas Rentería, secretaria de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
La regulación en las diferentes zonas quedó establecida así:
- Niquía, Prado, La Florida, San José Obrero, El Carretero y Vereda Potrerito
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Jueves y domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 3:00 a. m.
- Autopista Norte
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Jueves, viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 5:00 a. m.
- Zona Centro
De lunes a jueves: de 10:00 a. m. a 2:00 a. m.
Domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 3:00 a. m.
Los demás establecimientos en zonas no mencionadas, tendrán los siguientes horarios:
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Jueves y domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 2:00 a. m.
En caso de días festivos entre semana, se considera el día anterior como víspera del festivo y tiene el horario indicado en cada zona.
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