Dando cumplimiento a la Orden de Policía 2020 – 09 – 027 la Secretaría de Seguridad y Convivencia Ciudadana, realiza operativo de desalojo en el sector Girasoles en un lote de propiedad del Hospital Mental de Antioquia HOMO, que viene siendo ocupando de manera ilegal.
Desde el 19 de marzo del año 2019, el HOMO interpuso una querella con el fin de recuperar el lote rural de su propiedad. Luego de obtener el fallo a su favor, un juez, ordenó realizar los procesos que establece la norma con el fin de recuperar el predio en el 2020.
Después de expedida la orden, los habitantes del sector interpusieron dos tutelas, y sustentaron que la construcción estaba desde el año 2014, alegando confianza legítima*; sin embargo, dichas tutelas fueron falladas a favor de la Alcaldía de Bello, al presentar evidencias de imágenes captadas por Google Earth, donde se evidenció que las construcciones empezaron a finales del 2018; por lo que los jueces desvirtuaron la confianza legítima y se avaló la realización del operativo que indica devolver el predio a su propietario.
Daniela Ortega, secretaria de Seguridad y Convivencia Ciudadana, afirma que “esta invasión es producto de incendios provocados con el fin de dañar la capa vegetal, destruir los pinos que allí existían y seguir construyendo de manera ilegal”.
La Alcaldía informa que los habitantes del sector hicieron caso omiso a la solicitud de suspensión de construcción y, a la fecha, se han quemado 18 hectáreas para la realización de invasiones. Además, el lote no tiene permiso de urbanismo, lo que confirma que las obras allí realizadas, fueron construidas de manera ilegal, no tienen licencia de construcción y se apelará al cumplimiento del artículo 135 de la ley 1801 de 2016.
La Agencia de comunicación “Colombia informa” compartió a través de su cuenta de Twitter un video donde se ve el enfrentamiento entre los ciudadanos y el ESMAD.
Además, algunos ciudadanos también reportan cómo se está llevando a cabo dicho operativo y la situación a la que se ven enfrentados los ocupantes de las viviendas.
“El principio de la confianza legítima es un mecanismo que permite armonizar y conciliar casos en los que la administración en su condición de autoridad, por acción o por omisión ha creado expectativas favorables a los administrados y de forma abrupta elimina esas condiciones, para que gradualmente los sujetos implicados en una situación irregular ajusten su condición en el marco del ordenamiento jurídico y dentro del respeto de sus derechos fundamentales, buscándose con ello un equilibrio digno y consecuente con un Estado Social de Derecho”.
Pontificia Universidad Javeriana – Institutional Repository –
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