Un día después de que se hiciera viral un video en el que una camioneta burló un trancón que se presentaba en la Autopista Norte, a la altura del Batallón Pedro Nel Ospina, decidiendo transitar por el carril ciclopeatonal, la esposa del conductor infractor nos contactó para reclamar por la publicación emitida y aclarar que los hechos sucedieron el viernes 23 de julio. La mujer justificó la acción de su esposo en la premura por llegar a su casa en la Urbanización Amazonía, que había sido objeto de un hurto millonario minutos antes.
En un tono molesto, la mujer le indicó a El Bellanita que “el viernes 23 de julio se entraron 12 personas, acorralaron los vigilantes, quitaron todas las cámaras, se entraron a mi casa, nos robaron por ahí 500 millones de pesos, amarraron a la empleada del servicio. La empleada estaba casi muriéndose, cuando vinimos ya se habían ido. Mi esposo, como no estaba, venía en un apuro gigante y eso es lo que ustedes no sabían”.
Y en efecto no lo sabíamos, ni lo supo en el momento ninguno de los conductores que se movilizaban por la vía, ni los transeúntes que caminaban por el carril correspondiente, por eso al preguntarle que si esa acción justificaba que su esposo pusiera en riesgo a los peatones expresó que “así como casi él atropella a la gente que iba por la acera, acá había gente amarrada en mi casa”.
El Secretario de Movilidad, Rigoberto Arroyave, manifestó que “como Secretario de Movilidad reprocho estos actos que cometen algunos conductores en las vías, este caso que ustedes ven en este video será motivo de investigación”. Hasta esta hora se desconocen las decisiones que haya tomado la dependencia al respecto.
El conductor violó las normas del Código Nacional de Tránsito contenidas en los artículos 55, 60, 61 y 63, que se refieren al comportamiento del conductor, la obligatoriedad de transitar por los carriles demarcados, vehículo en movimiento y respeto a los derechos de los peatones y ciclistas, respectivamente. En lo que tiene que ver con las infracciones, estas ascenderían inicialmente a $1.800.000, toda vez que en el artículo 131 del código se indican dos multas: D5: “Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados” y D.7: “Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas”.
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