A través de un comunicado a la opinión pública, la Alcaldía de Bello rechazó el anuncio emitido por EPM en la mañana de este martes, en el que informó que el pasado 30 de diciembre inició un proceso de cobro coactivo para que recursos que superan los 130.000 millones, por el costo del predio en el que se construyó la PTAR Aguas Claras, sean devueltos a la empresa de servicios públicos.
En el comunicado de la administración bellanita se expresa que el fallo a favor proferido por el Consejo de Estado el pasado 26 de mayo “resuelve la situación de incertidumbre y perplejidad y deja sin base legal el proceso coactivo que actualmente tramita EPM y con el que se pretende embargar abusivamente las cuentas del Municipio”.
La Alcaldía manifestó que “procederá con las acciones legales necesarias para que se suspendan las medidas cautelares por no ser procedentes conforme al régimen constitucional y legal”.
Lea más: “EPM ordenó el cobro coactivo a Bello por más de 130.000 millones por PTAR Aguas Claras”
Este es el texto completo del comunicado emitido por la Alcaldía:
La Alcaldía de Bello rechaza el comunicado emitido por EPM en relación al cobro de la plusvalía que permitió la construcción de la Planta de Aguas Residuales – Aguas Claras en 2009, así como las acciones de que ha emprendido dicha empresa contra el Municipio.
Sobre este caso se registra una grave contradicción y actualmente se encuentra en proceso un recurso extraordinario de revisión en el Consejo de Estado, ya que sobre el mismo asunto existen dos sentencias de este órgano, una favorable a los intereses de EPM y otra, la más reciente, a favor del Municipio de Bello.
En la última sentencia proferida fue claro que dicho fallo admitió que el acto administrativo bajo el cual se determinó el cálculo respectivo no puede ser declarado nulo parcial ni totalmente y que este es válido, legal y ajustado a la norma vigente.
Es de anotar que por primera vez en Colombia coexistieron tres procesos judiciales sobre el mismo asunto, o que buscaban anular el cobro del efecto plusvalía luego de que EPM fuera favorecido con la acción urbanística, así:
- Una demanda en acción de cumplimiento en la que se negó el silencio administrativo positivo solicitado por EPM. Fallo ejecutoriado y a favor del Municipio de Bello proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia.
- Una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho en la que se declaró el silencio administrativo positivo solicitado por EPM. Fallo ejecutoriado y a favor de EPM, proferido por la sección Cuarta del Consejo de Estado del 3 de septiembre de 2020.
- Una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho y que resuelve en definitiva el asunto por el reciente fallo de segunda instancia dictada por la misma sección Cuarta del Consejo de Estado el 26 de mayo de 2022 en favor de Bello.
Actualmente el Municipio se enfrenta a un proceso coactivo iniciado por EPM que implica el embargo de sus activos, el cual desconoce el último fallo proferido y se basa en una actuación anterior.
Precisamente el fallo del 26 de mayo, a favor del Municipio de Bello , resuelve la situación de incertidumbre y perplejidad y deja sin base legal el proceso coactivo que actualmente tramita EPM y con el que se pretende embargar abusivamente las cuentas del Municipio.
Ante la situación, el Municipio de Bello procederá con las acciones legales necesarias para que se suspendan las medidas cautelares por no ser procedentes conforme al régimen constitucional y legal.
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